Ayer se suscitó una polémica en los medios de comunicación de Argentina, que se extendió a otros países. A un hombre de 63, encarcelado desde hace 5 años por el asesinato de su mujer, se le concedió el beneficio de la prisión domiciliaria porque sufre de Parkinson y en la cárcel no recibe el tratamiento médico preciso. El beneficio, previsto por el Código Penal de Argentina, le fue otorgado por el mismo tribunal que le juzgó y encontró culpable de asesinato.
La toma ilustra el sesgo de la información: el asesino no fue liberado sino que recibió el beneficio de la prisión domiciliaria, y desde luego que no fue "por Parkinson" sino por incapacidad del
sistema carcelario de brindarle tratamiento
sistema carcelario de brindarle tratamiento
La abogada del hombre solicitó al tribunal correspondiente que se le concediese el beneficio de prisión domiciliaria a su defendido pues su enfermedad requiere de tratamientos que el Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires -organismo a cargo de las cárceles- no puede brindar. Argumentó que la cárcel no podía proveerle a su defendido la alimentación en los horarios requeridos, neurología especializada, terapias de rehabilitación y lo necesario para la salud de un paciente con Parkinson. El tribunal concedió el beneficio, basado en la consideración de que un penal no está en condiciones de dar la asistencia necesaria a un prisionero que tiene Parkinson. A la vez y de acuerdo con las normas, el prisionero deberá llevar en todo momento una pulsera electrónica que identifica su paradero las 24 horas del día, no podrá salir de su domicilio y se someterá a las condiciones generales de todo prisionero que se beneficia de la prisión domiciliaria.
La polémica abarcó toda clase de argumentos. Además de la sospecha de algunos medios acerca del otorgamiento del beneficio al prisionero por su buena posición económica, cuestión que no nos resulta central en este asunto, el argumento más repetido fue que cualquier persona enferma podría solicitar el mismo beneficio, que hay prisioneros enfermos con cáncer, con SIDA, con enfermedades terminales, a los que no obstante no se les otorgó la prisión domiciliaria. En respuesta, peritos forenses argumentan que las cárceles disponen de tratamientos para estos enfermos, que no se trata de la gravedad de la enfermedad sino de la capacidad de las penitenciarías de proporcionar al enfermo el tratamiento requerido según su enfermedad, y que las prisiones no disponen de los servicios necesarios para el tratamiento del Parkinson, así como no lo disponen para otras enfermedades llamadas "raras" o de baja incidencia.
Nos ha interesado el caso no por sus protagonistas, desconocidos para nosotros, sino por el debate que ha generado. Una persona condenada a prisión por el asesinato de su esposa es un asesino, tenga Parkinson o no. Y una persona enferma de Parkinson que está en prisión tiene derecho, por leyes locales y tratados internacionales, a recibir el tratamiento sanitario que precisa. Si el estado, a través de sus instituciones penitenciarias, no puede brindarle al prisionero enfermo el tratamiento que requiere, ¿se le deja sin tratamiento, se busca una alternativa legal?
Ante un crimen tan aberrante como el asesinato, la reacción general suele ser que esa persona debe "pudrirse" en la cárcel, que, si padece alguna enfermedad, que sufra... Prima el sentimiento de venganza, deja de importar si una persona enferma recibe tratamiento cuando es un prisionero que ha cometido un crimen brutal. La reacción individual es lógica, pero la justicia no puede (o no debe) obrar vengativamente. La pena de prisión quita al condenado su libertad ambulatoria, no le quita otros derechos, como el derecho a la salud. Los sistemas judiciales en los estados de derecho deben penar a los enjuiciados a los que se les encuentra culpables, pero no deben castigarles más de lo que las leyes indican. Este hombre condenado seguirá en prisión, con el beneficio de la prisión domiciliaria para el cumpliemiento del tratamiento de su enfermedad, no será liberado, no se le otorga un beneficio no contemplado por las leyes.
Pensamos en los muchos enfermos que ha de haber en las prisiones, que no reciben un tratamiento médico adecuado, o siquiera un tratamiento, sean enfermos de Parkinson o de otras enfermedades; ¿quién vela por sus derechos? Casi nadie seguramente, y esto es quizá lo llamativo de este caso: que la justicia sí ha velado por la salud del prisionero, sin quitarle un derecho que le asiste. Si no sabemos de muchos casos como éste, no es porque no haya enfermos sin tratamiento en cárceles sino porque sus derechos son completamente desatendidos.
Este caso tiene como protagonista a un condenado por asesinato, enfermo de Parkinson. Si consideramos que los prisioneros no merecen recibir tratamiento médico, ¿dejaremos de solicitar atención integral para los pacientes de Parkinson porque han delinquido? Los derechos humanos son para todxs, o seremos como quienes pretenden negarnos nuestros derechos. Vale para todxs lxs prisionerxs con cualquier enfermedad, en cualquier rincón del mundo. Este caso sirve para pensar en tantísimos enfermxs que no reciben ni recibirán ni el tratamiento adecuado ni ninguno, y recordar que no podemos dejarnos ganar por la ira y la venganza.
Tiempo atrás, una persona indagada por la policía comentaba que una frase dicha por lo bajo por un policía fue suficiente para casi incriminarse por un delito que no había cometido: "¿Sabes lo mal que lo pasan los tíos en silla de ruedas en la cárcel?".
Tal vez este artículo también resulte polémico, y nos agradará si lo fuese: la realidad de los prisioneros sin atención médica y de estados que penalizan más allá de la penalidad prevista por las leyes y tratados sucede a diario, y ni enterados.
Fuentes: Página 12, Infobae, La Nación, C5N y otros diarios y canales de TV
Este blog es sensacional. No sólo está bien escrito, lo que ya sería casi suficiente, sino que además presenta notas interesantísimas y, cuando se desliza alguna opinión, que es la menos de las veces, es para mejorar la calidad humana del lector.
ResponderEliminarFELICITACIONES, Nely, y a seguir adelante con esta herramienta cultural y social.
PS: No crea que sólo tengo buenos sentimientos hacia usted; no sabe cómo envidio (que es un mal sentimiento) que haya gente que viva en Mallorca, tan cerca del Paraiso.
Manuel Corregidor
Hola, Manuel. Muchas gracias por tus cordiales palabras, nuestro objetivo es informar y comunicar acerca de la enfermedad de Parkinson y temas relacionados, así que nos alegra cuando podemos cumplir con esta meta.
Eliminar¿Se nos ha deslizado alguna opinión :) ? Esperamos que no, opinamos a sabiendas :D
Agradecemos tu amabilidad y tu gentil comentario, nos alienta.
Saludos atentos.
PD: Desde Mallorca, nuestra isla bonita, nuestro Paraíso en la tierra :)) Seguramente tu lugar en el mundo, junto con los tuyos, en calles y sitios que evocan tu felicidad, es también tu Paraíso.
(¡Visita nuestra isla, que es muy bella!)